1.- Las partes deben hacer constar por escrito que el trabajador se sujetará la modalidad de trabajo a distancia o teletrabajo, ya sea en el contrato de trabajo o en un anexo.
2.- Especificar si será de forma total o parcial y, en este último caso, la fórmula de combinación entre trabajo presencial y trabajo a distancia o teletrabajo.
3.- El lugar o los lugares donde se prestarán los servicios, salvo que las partes hayan acordado que el trabajador elegirá libremente donde ejercerá sus funciones.
4.- El período de duración del acuerdo de trabajo a distancia o teletrabajo, el cual podrá ser indefinido o por un tiempo determinado.
5.- Los mecanismos de supervisión o control que utilizará el empleador respecto de los servicios convenidos con el trabajador.
6.- La circunstancia de haberse acordado que el trabajador a distancia podrá distribuir su jornada en el horario que mejor se adapte a sus necesidades o que el teletrabajador se encuentra excluido de la limitación de jornada de trabajo.
7.- El tiempo de desconexión.